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Parque Natural y Parque Nacional

En España hay una gran cantidad de Parques Naturales, alrededor de unos cien. Son espacios naturales que están enfocados a la conservación y mantenimiento de su flora y fauna. Pueden ser marítimos o terrestres y encontrarse en la montaña, el mar o el desierto. En el caso de España los Parques Naturales ocupan el 9,1% de la superficie protegida y la comunidad autónoma con mayor área de protección es Canarias con un 42%, seguida de Cataluña con el 21,51% y Andalucía con 18,92%. Estos parques se caracterizan porque son compatibles con la presencia del hombre y con sus actividades.

La gestión de los Parques Naturales es de cada una de las Comunidades Autónomas donde se encuentre y son declarados como tal por medio de Decretos.

En el caso de los Parques Naciones la superficie que ocupan es de alrededor de unas 74.933 hectáreas. En la actualidad hay 15 Parques Nacionales, algunos de los más representativos son los Picos de Europa, Monfragüe, Cabañeros, Tablas de Daimiel, Doñana u Ordesa y Monte Perdido. El último parque que ha sido declarado Parque Nacional ha sido el de la  Sierra de Guadarrama, está compartido entre la Comunidad de Madrid y Castilla y León siendo su superficie de protección de alrededor de unas 33.960 hectáreas.

La definición de Parque Nacional la podemos encontrar en la Ley 5/2007, de 3 de Abril, de la Red de Parques Nacionales, concretamente en el Artículo 3, se define como: «Espacios naturales de alto valor ecológico y cultural, poco transformados por la explotación o actividad humana que, en razón de la belleza de sus paisajes, la representatividad de sus ecosistemas o la singularidad de su flora, de su fauna, de su geología o de sus formaciones geomorfológicas, poseen unos valores ecológicos, estéticos, culturales, educativos y científicos destacados cuya conservación merece una atención preferente y se declara de interés general del Estado«. En este caso los Parques Nacionales son aprobados como Ley.

Hasta el 2004 la gestión de los Parques Nacionales era del Estado. La Comunidad de Andalucía y de Aragón pusieron un recurso en el Tribunal Constitucional amparándose en que el Parque Nacional de Aigüestortes y Lago de San Mauricio estaba bajo competencia de Cataluña. En Noviembre de 2004, el Tribunal Constitucional estableció que los parques nacionales deben ser gestionados exclusivamente por las administraciones autonómicas. A lo largo de estos años se han ido traspasando las competencias a las administraciones autonómicas.

El papel que da el Tribunal Constitucional al Gobiernos respecto a la Gestión de los parques es la de aprobar el Plan Director de los Parques Nacionales que las autonomías tienen que respetar.